Se acercan las elecciones generales de Puerto Rico para escoger a las personas que estén a cargo del gobierno en el cuatrienio de enero del 2025 a diciembre del 2028. Te explicamos los diferentes tipos de votos que puedes ejercer.
El día de la elección recibirá cinco papeletas:
Estatal
Aquí podrá votar por los cargos de gobernación y comisionado residente en Washington D. C.
Voto íntegro: Si vas a votar íntegro en esta papeleta, haces una marca dentro del rectángulo en blanco, debajo de la insignia del partido de tu preferencia.
- En la papeleta estatal ese voto contará para la posición de gobernador(a) y para la de comisionado(a) residente.
- En la papeleta legislativa ese voto contará por la posición de una persona representante por distrito, 2 cargos de senadores por distrito, un representante por acumulación y un senador por acumulación. Acumularán quienes estén primero en la lista y las demás acumularán el voto íntegro de cada precinto.
- En la papeleta municipal, ese voto contará para la posición de alcalde y para la de las personas legisladoras municipales.
Voto mixto: Si vas a votar mixto en esta papeleta, haces una marca dentro del rectángulo en blanco debajo de la insignia del partido de tu preferencia, lo que adjudica un voto a uno de los candidatos de esa columna, y luego haces otra marca dentro del rectángulo en blanco al lado izquierdo de la foto del candidato que prefieres de otro partido.
- Las personas pueden votar solo por una persona por cada cargo, así que en este caso el voto contará para la persona candidata marcada y no para la persona que es candidata para ese mismo cargo bajo el partido por el cual la persona votó. Esto, excepto en el caso de candidatas a senadoras y representantes por acumulación, en cuyo caso pueden votar por 2 personas.
- Bajo este tipo de voto, las personas también pueden escribir el nombre de alguna persona bajo la columna de “Nominación directa”
Voto por candidatura: Si vas a votar por candidatura, haces una marca dentro del rectángulo en blanco, al lado izquierdo de la foto de los candidatos de tu preferencia.
- Bajo este tipo de voto, las personas también pueden escribir el nombre de alguna persona bajo la columna de “Nominación directa”.
Nominación directa o “write in”: Si vas a votar por nominación directa, escribe el nombre de la persona en la columna de nominación directa o “write in”, y luego haces una marca dentro del rectángulo en blanco al lado del nombre.
- En estos casos, se reconocerá como voto la nominación directa hecha por la persona electora que contenga el nombre completo de la persona candidata o alternativa, según corresponda al tipo de votación, y una marca válida en el área de reconocimiento de marca dentro de la columna de nominación directa en la papeleta.
- Se debe analizar la intención de la persona electora al momento de adjudicar estos votos. El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha reconocido como válidos los votos que contienen cualquier variación de nombre.
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