viernes, noviembre 22, 2024
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Costa Rica pide a la OMC una celebración de consultas con Panamá por restricciones a importaciones

Panamá tomó esta acción a pesar de que los establecimientos costarricenses afectados solicitaron la renovación de sus respectivas aprobaciones sanitarias con la anticipación suficiente

Costa Rica pidió una celebración de consulta con Panamá en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) a propósito de restricciones o prohibiciones a importaciones de productos como fresas, lácteos, productos cárnicos, piñas y bananos.

El país centroamericano expresó que las limitaciones son incompatibles con las disposiciones del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC y el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994.

“Panamá decidió, sin ninguna notificación previa, no renovar la aprobación sanitaria que permitía a diversas plantas costarricenses exportar a Panamá lácteos; carne de bovino; carne de cerdo; carne de ave procesada; embutidos de origen bovino, porcino y avícola (entre ellos jamones, salchichas, mortadela, tocineta de cerdo, chorizo de cerdo, pollo y pavo, paté pepperoni, salame, salchichón, pierna, costilla, lomo de cerdo, roast beef y lomo de res); carnes preparadas de bovino, porcino y pollo, pechuga de pollo y pavo, chicharrón de cerdo y chorizo seco, y alimento para peces, la cual venció el 30 de junio de 2020″, se lee en el documento de celebración de consultas que solicitó Costa Rica.

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Las razones de Costa Rica

Panamá tomó esta acción a pesar de que los establecimientos de Costa Rica afectados solicitaron la renovación de sus respectivas aprobaciones sanitarias con la anticipación suficiente.

Contrario a la práctica aplicada en casos previos a los establecimientos
de Costa Rica y a lo aplicado a otros países, la autoridad panameña se rehusó a extender la validez de las aprobaciones, impidiendo en consecuencia la exportación de estos productos a Panamá.

La solicitud de celebración de consultas inicia formalmente una diferencia en la OMC. Las consultas dan a las partes la oportunidad de debatir la cuestión y encontrar una solución satisfactoria sin llegar al litigio. Pasados 60 días, si las consultas no han permitido resolver la diferencia, el reclamante puede pedir que la resuelva un grupo especial.

Juan D. Vilchez
Juan D. Vilchezhttp://www.datiaopr.com
Licenciado en Comunicación Social (LUZ) y magíster en Gerencia Empresarial (UFT). Docente y experto en medios digitales.

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