viernes, noviembre 22, 2024
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Radican proyecto que sanciona exposición obscena frente a menores

Una legisladora del partido conservador Proyecto Dignidad radicó una medida cameral que propone añadir un artículo al Código Penal de Puerto Rico, con el fin de multar o encarcelar a personas por exposición obscena frente a menores.

“El Estado tiene un interés urgente en proteger a la niñez de estímulos negativos y traumas derivados de exposiciones obscenas”, dijo portavoz cameral de Proyecto Dignidad, Lisie Burgos Muñiz en declaraciones escritas.

“Nuestra niñez se ve amenazada por exposiciones obscenas en lugares públicos que ofrecen entretenimiento familiar. Es crucial ampliar las medidas de protección y cerrar brechas a conductas inapropiadas”, continuó la autora del Proyecto de la Cámara 1821.

El proyecto surge en un contexto donde el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha resuelto en diversas ocasiones que el contenido obsceno no está amparado por la primera enmienda. Además, en Puerto Rico existen medidas que buscan proteger a los menores de contenido sexual, pero la nueva propuesta pretende robustecer dichas protecciones.

La medida legislativa 1821, consta de unas cinco páginas, expone que su fin es añadir nuevos artículos al Código Penal para crear dicho delito, que, de convertirse en ley, podría sancionar a todo que “exponga, facilite, realice, participe, promocione, y/u organice exposiciones obscenas en un establecimiento, facilidad abierta o cerrada, pública o privada, restaurante, teatro, vía pública o toda propiedad donde se realicen actividades artísticas o que brinden entretenimiento infantil o familiar”.

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A pesar que la medida no menciona los términos “transformistas”, “drag queens” o “drag performers”, el artículo 137 del Código Penal indica que este delito aplicaría también al “personificar al sexo masculino o femenino con vestimenta alusiva al sexo masculino o femenino, sin limitarse a la utilización de pelucas, máscaras o maquillaje grotesco en un establecimiento, facilidad abierta o cerrada, pública o privada, restaurante, teatro, vía pública o toda propiedad donde se realicen actividades artísticas o que brinden entretenimiento infantil o familiar”.

Según la propuesta de la legisladora, se espera agregar varias secciones al Artículo 137 del documento oficial jurídico de la isla con las sanciones a quienes incurran en ese delito.

El Artículo 137A daría multas hasta 5.000 dólares o pena de reclusión por un término fijo de tres años, a discreción del Tribunal por exposiciones obscenas frente a menores, detalla la medida cameral.

Mientras, el Artículo 137D dictaminaría pena de multa de hasta 5.000 dólares o pena de reclusión por un término fijo de tres años por exposiciones obscenas en instituciones educativas primarias y secundarias.

“Nos preocupa enormemente que, existiendo restricciones estatales y federales en los medios de comunicación, nuestra niñez se encuentre amenazada por exposiciones obscenas en los parques, calles, restaurantes u otro lugar abierto que provea entretenimiento infantil o familiar”, agrega.

“Diariamente, la sociedad hipersexualiza a la niñez, afectando su desarrollo y valores. Estoy comprometida con proteger y defender a nuestra niñez, quienes son el futuro de un Puerto Rico mejor”, finalizó la representante Burgos Muñiz.

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