lunes, octubre 7, 2024
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¿Qué son las cobranzas documentarias?

La cobranza es el procedimiento por el cual un remitente (banco) cumple la función de su cliente de tramitar el cobro de documentos representativos de bienes ante el importador o comprador.

Su clasificación depende del cobro y en función de su instrucción de protesto:

Cobro

  • Cobranza de importación a la vista: Debe ser pagada por el importador, al contado y contra dicho pago el banco le entregara la documentación recibida.
  • Cobranza a plazo: Debe ser pagada por el importador una vez transcurrido el tiempo o plazo estipulado (días fecha de embarque / días fecha de factura / días vista). El importador obtiene los documentos de embarque contra el reconocimiento escrito de pago futuro, materializado mediante la aceptación de una letra de cambio o la firma de un pagaré.

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Protesto:

  • Cobranza de importación sin protesto: No tiene estipulado en las instrucciones del remitente la instrucción de protesto por falta de pago y/o aceptación del efecto (letra de cambio o pagaré).
  • Cobranza de importación con protesto: Tiene estipulado en las instrucciones del remitente la instrucción de protesto por falta de pago y/o aceptación del efecto (letra de cambio o pagaré). Esta instrucción debe ser cumplimentada por el banco cobrador y se cumple con el trámite ante un escribano público. El protesto de un título cambiario o circulatorio, es el requisito formal para iniciar un juicio ejecutivo de cobro.

Remesas en línea desde Panamá hacia Venezuela

Juan D. Vilchez
Juan D. Vilchezhttp://www.datiaopr.com
Licenciado en Comunicación Social (LUZ) y magíster en Gerencia Empresarial (UFT). Docente y experto en medios digitales.

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